TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza 42/87 de defensa y protecci¢n del arbolado, y CONSIDERANDO: Que todos los a¤os la poda se realiza fuera de ‚poca, sin control alguno de un profesional. Que en algunos casos se han realizado verdaderas talas - de algunos  rboles. POR ELLO: El Honorable concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 32/92 ------------------------------------- ARTICULO 1.- Dirigirse al Departamento Ejecutivo a fin de que eleve al Honorable ------------ Concejo Deliberante el plan de poda anual a realizar, en el marco de la Ordenanza 42/87 y as¡ evitar inconvenientes y determinar prioridades.--------- ARTICULO 2.- Solic¡tase al Departamento Ejecutivo eval£e la posibilidad de reali- ------------ zar un censo forestal en la zona urbana.---------------------------- ARTICULO 3.- C£mplase, comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, reg¡s- ------------ trese y publ¡quese.-------------------------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi¢n Ordinaria, a los veintitr‚s d¡as del mes de julio de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.----------------